¿Se puede contratar un seguro médico sin carencia?

Por regla general, los seguros de salud siempre van a tener carencia. Esta práctica habitual se hace con la finalidad de evitar prácticas fraudulentas por parte de los asegurados a la hora de contratar un seguro. Cada aseguradora establece cuáles van a ser sus periodos con antelación en la póliza y variarán según la que se contrate.

Las compañías aseguradoras no ofrecen en el mercado pólizas sin carencias para poder contratarlas de forma directa. Aun así, los dos casos más frecuentes en los que se tiene la posibilidad de contratar un seguro de salud sin carencia son:

En un cambio de compañía: el asegurado viene de otra compañía aseguradora con la que tiene la póliza contratada desde hace más de un año, ya ha superado el periodo de carencia de sus coberturas y se encuentra al corriente de pagos con la empresa.

En emergencia vital sanitaria: se eliminan los periodos de carencia cuando la emergencia pone en riesgo la vida o la integridad de forma urgente, según lo regulado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) en la Ley 50/1980, artículo 103.

El periodo de carencia de un seguro médico es el tiempo que la aseguradora fija que debe pasar desde que se contrata la póliza hasta que se puede hacer uso de determinadas coberturas. De esta forma, el cliente no puede contratar el seguro para solventar una enfermedad preexistente y, una vez resuelta, cancelar el contrato.

Seguro médico sin carencia si se viene de otra aseguradora

Las aseguradoras utilizan la reducción o eliminación de carencias como estrategia para atraer a nuevos asegurados a través de la oferta de seguros médicos sin periodo de carencia. Esto lo hacen al cambiarse de compañía, aunque cada una establece sus propias normas.

Para que la compañía aseguradora ofrezca este tipo de seguros sin carencias suelen establecer una serie de requisitos previos:

  • La contratación de un seguro con características similares o superiores al anterior.
  • Haber superado los periodos de carencia de la póliza anterior.
  • Presentación del último recibo y las condiciones de la póliza anterior.

Aseguradoras como Sanitas o Mapfre cuentan con pólizas sin carencias para personas que vengan de otras compañías aseguradoras y hayan estado un tiempo suficiente para cumplir en ellas los periodos establecidos.

Seguro de salud sin carencia por urgencia sanitaria

Para los casos en los que no se haya adquirido un seguro privado sin periodo de carencia ni cumplido los plazos mínimos requeridos por la aseguradora para acceder a ciertas coberturas, existe una excepción en las cláusulas detalladas sobre carencias.

En urgencias vitales sobre circunstancias críticas, se podrá recibir atención médica sin restricciones, como si estuvieras amparado por una póliza sin límites temporales.

En casos de intervenciones quirúrgicas y partos distócicos, ambos considerados como situaciones de urgencia vital, se elimina la aplicación de periodos de carencia según la Resolución de 13 de abril de 1981 de la Dirección General de Seguros, en relación con la adaptación de pólizas a la Ley 50/1980 sobre Contrato de Seguro.

⚖️ Marco legal

Esta disposición legal asegura que en momentos críticos de necesidad vital se garantice la atención médica sin demoras ni obstáculos por parte de la compañía, con independencia del tipo de seguro que se tuviese contratado en ese momento.

Otras situaciones para contratar un seguro de salud sin carencia

Hay seguros que ofrecen la posibilidad de que la persona que quiera contratar el seguro se someta a un reconocimiento médico previo y, una vez calculado el riesgo por parte de la compañía aseguradora, pueden ofrecer al asegurado hacer uso de las coberturas del seguro sin carencias.

Muchos seguros médicos dan la opción de realizar un examen médico básico con un test sobre la salud de la persona para acceder a la contratación de una de sus pólizas. Así, los contratantes podrían tener acceso directo a las coberturas desde el primer día en algunos casos.

Otra de las posibilidades que existen es hacerse con un seguro de salud sin carencias en algunas de sus coberturas, como la atención primaria o el uso de consultas para especialidades. Esto es común para servicios o coberturas complementarias que las aseguradoras brindan con acceso inmediato sin tiempo de espera.

¿Cuáles son los periodos de carencia de las principales aseguradoras?

A pesar de la similitud que se encuentra en los periodos de carencia de cada compañía aseguradora, existen ciertas diferencias en algunas de sus coberturas en cuanto al momento en el que se puede acceder a ellas.

Cada compañía de seguros establece sus propias carencias y es recomendable ver cuál es la que mejor se adapta a cada perfil. Estos son los periodos más habituales:

Periodos de carencia de las principales aseguradoras en España
Cobertura DKV Caser Adeslas Sanitas Mapfre
Hospitalización 6 meses 10 meses 10 meses 10 meses 6-8 meses
Embarazo y parto 8 meses 10 meses 10 meses 8 meses 8 meses
Psicoterapia Sin carencia 6 meses 3 meses 6 meses 6 meses
Cirugía ambulatoria 6 meses 6 meses 3 meses 3 meses 6 meses
Tratamientos especiales 6 meses 6 meses 10 meses 10 meses 6 meses

Como se puede observar, un seguro médico de embarazo sin carencia suele contemplar la misma política en casi todas las aseguradoras. Es el caso más habitual en el que no están libres de carencia, debiendo esperar hasta los 10 meses para acogernos a estas coberturas. Sin embargo, siempre se encuentran excepciones en las pólizas, como puede ser un caso de parto prematuro.

El periodo de carencia del seguro médico en intervenciones quirúrgicas dependerá de si se necesita o no la hospitalización. Cuando se necesite una intervención quirúrgica con hospitalización, la carencia suele rondar los 6 meses. Cuando la operación no necesita de hospitalización, el periodo de carencia oscila entre los 3 y los 6 meses.

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Preguntas frecuentes sobre seguro médico sin carencia

Los servicios médicos urgentes y vitales, como intervenciones quirúrgicas de urgencia y partos distócicos, a menudo están exentos de periodos de carencia según las políticas de los seguros de salud y la normativa estatal (Ley 50/1980 y Resolución de 13 de abril de 1981).

La principal diferencia radica en la disponibilidad inmediata de cobertura en un seguro sin carencias; mientras que en un seguro con periodos de espera, hay un lapso de tiempo establecido antes de que ciertos servicios estén completamente cubiertos. Los seguros sin carencias suelen ofrecerse únicamente en cambios entre aseguradoras o en emergencias.

Es poco habitual combinar ambas ventajas en una misma póliza, ya que las aseguradoras se protegen frente a la contratación oportunista. Puedes consultar los pocos casos disponibles en nuestra guía específica sobre seguros médicos sin copago y sin carencias.

En algunas aseguradoras, sí. Ofrecen la opción de realizar un examen médico básico o cuestionario de salud que permite a la compañía evaluar el riesgo y, en función del resultado, ofrecer la póliza sin periodos de carencia en todas o en algunas coberturas. Si te interesa, compara también nuestras opciones sin cuestionario de salud.