El seguro de impago de alquiler se ha convertido en una de las opciones más seguras para proteger la vivienda frente a impagos de rentas y suministros. Dependiendo de los meses a cubrir, el precio oscila entre los 200 y los 600 euros al año.
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¿Cuál es el precio de un seguro de impago de alquiler?
El precio del seguro de impago de alquiler oscila entre el 3% y el 5% de la renta anual, es decir, en torno a los 200 y los 600 euros. Pese a que no es posible dar una cifra exacta, ya que cuanto mayor sea la cuantía de la mensualidad y mayor número de cuotas proteja, mayor será el precio, se estima que es de aproximadamente el 4% de la mensualidad.
Aseguradora | 6 meses | 12 meses | 18 meses |
---|---|---|---|
Allianz | 207,13 € | 288,11 € | - |
Arag | 217,87 € | 289,15 € | 373,19 € |
DAS | 266,65 € | 336,49 € | 411,37 € |
Mutua de propietarios | 267,44 € | 337,28 € | 417,20 € |
Caser | 385 € | 465 € | 545 € |
Fiatc | 438 € | 517 € | 597 € |
Precios para un piso en Sevilla, con un alquiler de 600 euros.
Allianz
El seguro de hogar de Allianz, "Allianz IURIS Impago de alquileres", cubre impagos con una franquicia de 1 mes y adelanto de cobro de rentas. Su defensa jurídica alcanza los 3.000 euros y protege contra actos vandálicos. El capital máximo asegurado es de 3.000 euros para continente y contenido, con una franquicia de 300 euros.
Sus coberturas adicionales incluyen impago de suministros hasta 150 euros, cerrajero en caso de desahucio y servicio de limpieza hasta 150 euros.
Arag
"Arag Alquiler viviendas", proporciona cobertura para impagos durante 12 meses con una franquicia de 1 mes y adelanto de cobro de rentas. Su defensa jurídica es de hasta 3.000 euros y la protección contra actos vandálicos también está incluida.
El capital máximo asegurado para continente es de 3.000 euros, sin cubrir contenido, con una franquicia de 300 euros. Además, incluye impago de suministros hasta 150 euros y cerrajero en caso de desahucio, pero no cubre servicio de limpieza.
DAS
"DAS QP Premium Plus", también abarca impagos durante 12 meses sin franquicia y el adelanto de cobro sobre rentas. Incluye la defensa jurídica de hasta 10.000 euros y la protección contra actos vandálicos.
El capital máximo asegurado es de 5.000 euros para continente y de 1.200 euros para contenido, con una franquicia de 300 euros. Además, sorprende con coberturas extra como el impago de suministros hasta 200 euros, cerrajero y servicio de limpieza hasta 200 euros.
Mutua de Propietarios
"Alquiler Confort", tiene en cuenta durante un año el impago sin franquicia y su respectivo adelanto de rentas. La defensa jurídica es de hasta 3.000 euros y contempla actos vandálicos. El capital máximo asegurado para continente es de 3.000 euros, no contemplando el contenido, con franquicia de 300 euros. No cubre impago de suministros ni servicio de limpieza.
Caser
El seguro de hogar de Caser, "Alquiler A Todo Riesgo", con una franquicia de 1 mes, cubre el impago durante un año completo. Además, incluye adelanto de cobro de rentas, defensa jurídica hasta 5.000 euros y protección contra actos vandálicos.
El capital máximo asegurado para continente y contenido es de 3.000 euros, con una franquicia de 300 euros. Con coberturas extra como impago de suministros hasta el 5% de la suma asegurada por protección de alquileres, cerrajero en caso de desahucio y servicio de limpieza hasta 4 horas.
Fiatc
El plan "Impago alquiler", un seguro de hogar de Fiatc, cubre impagos de 12 meses, con franquicia de 1 mes y adelanto de cobro de rentas, con defensa jurídica de hasta 3.000 euros y protección contra actos vandálicos. El capital máximo es de 3.000 euros, sin cubrir contenido, con franquicia de 300. No cubre impago de suministros ni limpieza.
¿Qué es un seguro de impago de alquiler?
El seguro de impago de alquiler es un producto ideado, entre otras cosas, para proteger a los propietarios que poseen una vivienda arrendada frente a las mensualidades impagadas por parte de sus inquilinos. Ofrecen una póliza completa de defensa jurídica vinculada con la vivienda que se alquila.
¿Qué seguro de impago de alquiler es el más barato?
El seguro de Tuio para impago de alquiler, tanto para inquilinos como para propietarios, es el más económico en la actualidad. Desde 5 euros mensuales, es un seguro que realiza un estudio de solvencia del arrendatario, cubre el pago de las rentas si el inquilino no las abona, asegura el buen estado de la vivienda y proporciona ayuda jurídica.
Desde
Seguro impago de alquiler
- Daños por vandalismo
- Pago de mensualidades
- Asistencia jurídica
- Conservación del piso
- Reclamaciones por infracciones
Este seguro de hogar de Tuio engloba el impago de alquiler y hace referencia al impago de mensualidades, desperfectos y daños en el contenido. Por otra parte, tiene en cuenta actos vandálicos y la asistencia jurídica por incumplimientos del contrato. Por último, cubre la cerradura, desahucios por impago o rotura de cristales, entre otras coberturas.
Este seguro puede pagarlo el propietario o el inquilino, aunque lo habitual es que lo abone el propietario. Este seguro de Tuio aporta una mayor seguridad financiera para el propietario, analizando de antemano la solvencia de los inquilinos y ofreciendo los medios de los que se dispone para proteger ante cualquier problema.
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¿Qué coberturas tiene un seguro de impago de alquiler?
Estas prestaciones del seguro de impago de alquiler pueden ser obligatorias, complementarias o no estar disponibles, dependiendo de la entidad con la que se contrate la póliza. Las principales coberturas de los seguros de impago alquiler son:
Impago de alquiler
Se suele escoger entre 6, 12 o 18 cuotas impagadas. Cuantas más cuotas asuma la aseguradora, mayor será el precio de este seguro de hogar.
Impago de suministros
En caso de que el arrendatario deje recibos pendientes de pagar, la compañía puede asumir estos gastos según los límites marcados en el contrato.
Servicio de limpieza
Las aseguradoras ofrecen un servicio, de un número de horas determinado, de limpieza en profundidad de la vivienda tras el desalojo del inquilino.
Defensa jurídica
Ayuda profesional para la reclamación de las cuotas impagadas, así como los daños, robos u otros perjuicios ocasionados por el arrendatario.
Actos vandálicos
Daños, desperfectos o robos en el continente y contenido, derivados de actos malintencionados llevados a cabo por el inquilino.
Cerrajería
La aseguradora puede pagar parte o la totalidad del servicio de cerrajería. Dependiendo del caso, puede incluir o no el cambio de cerradura.
Para beneficiarse de las coberturas, suele ser necesario presentar una denuncia de los hechos y facilitar una copia de la misma a la aseguradora o que haya una sentencia judicial de morosidad.
Seguro de impago de alquiler: requisitos
Antes de la firma de un seguro de alquiler, es habitual que las compañías de seguros de hogar lleven a cabo un análisis de la solvencia del inquilino. Para ello, se tienen en cuenta diversos factores:
- Duración del contrato: suele requerirse que el inquilino lleve un mínimo de un año residiendo en la vivienda arrendada.
- El arrendatario no debe aparecer en ningún fichero de morosidad.
- El alquiler no debe superar el 40% de los ingresos totales del inquilino, reduciendo así la probabilidad de impago.
Con el fin de comprobar la veracidad de los datos aportados, se solicitarán los siguientes documentos del inquilino:
- Documentos requeridos para impago de alquiler
- Si es trabajador por cuenta ajena, un contrato laboral de más de un año.
- Si es autónomo, el IVA de los dos últimos meses y su declaración de la renta.
- Si es una empresa, los dos últimos trimestres de IVA y el justificante del Impuesto de Sociedades.
Preguntas frecuentes sobre seguro de impago de alquiler
¿Se puede desgravar el seguro impago de alquiler en la declaración de la renta?
Un seguro de impago de alquiler se puede deducir completamente en el precio de la póliza, siempre restando los rendimientos de capital inmobiliario para calcularlo. Desgrava el seguro de hogar ante impagos en la casilla 114 de la Declaración de la Renta.
¿Los seguros de impago de alquiler tienen franquicia?
Los seguros de impago de alquiler suelen tener franquicia, no obstante, dependerá de la aseguradora.
Una franquicia es una cantidad que, en caso de siniestro, deberá asumir el asegurado. Puede ser de dos tipos:
- Monetaria: si hay un impago de 1000 euros, si la franquicia es de 300 euros, la aseguradora solo asumirá 700 euros.
- Por cuotas: si el inquilino deja impagados 6 meses y la franquicia es de un mes, la aseguradora solo asumirá 5 cuotas.
¿Quién paga el seguro de alquiler?
El seguro de alquiler es pagado, generalmente, por el propietario de la vivienda, ya que es el beneficiario. Sin embargo, hay quienes acuerdan dividir el coste con su inquilino.
Lo mismo sucede en el seguro para inquilinos. Como el arrendatario es quien se beneficia de la protección, suele ser quien se hace cargo de los pagos, salvo que acuerde con su casero lo contrario.
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